Tiempos y canales habilitados para presentar PQRSD
El Fondo de Prestaciones Económicas, Cesantías y Pensiones – FONCEP trabaja para atender las Peticiones, Quejas, Reclamos, Sugerencias y Denuncias – PQRSD de los ciudadanos en los tiempos y canales establecidos, a pesar de la emergencia sanitaria del COVID-19.
Para lograr esto, se tienen establecidas políticas y procedimientos internos que lleven a tener una gestión efectiva, y que los buenos resultados los obtengan los usuarios al contar con respuestas oportunas.
Entre los lineamientos establecidos, está que FONCEP entrega un número de radicado o ID para que los usuarios conozcan cómo avanza su PQRSD o cuál es la respectiva respuesta. Es importante tener a la mano este dato por si se presenta algún inconveniente o se tiene preguntas al respecto.
Otro aspecto importante a tener en cuenta es que, si se presenta una PQRSD anónima, la respuesta se publica en la cartelera del punto de Servicio al Ciudadano (deshabilitado durante la emergencia sanitaria) y en la página web.
Si FONCEP recibe una PQRSD que no es de su competencia, se le informará al usuario en el tiempo establecido por ley y lo remitirá a la entidad competente.
Los tiempos establecidos para dar respuesta son los siguientes:
- Petición de interés general y particular: 15 días hábiles.
- Solicitud de información: 10 días hábiles
- Consultas: 30 días hábiles
- Queja: 15 días hábiles
- Reclamo: 15 días hábiles
- Petición de población desplazada: 10 días hábiles.
Estos son los canales para la recepción de las PQRSD, vale la pena aclarar que los presenciales están suspendidos temporalmente.