Importante: se restablecen los requisitos pensionales por levantamiento de la emergencia sanitaria.

Importante: se restablecen los requisitos pensionales por levantamiento de la emergencia sanitaria.

Foto de un adulto de camisa tipo polo color blanco sonriendo y señalando hacia el texto que dice: Importante: Se restablecen los requisitos pensionales por levantamiento de la emergencia sanitaria.
Imágenes de mamewmy y katemangostar en Freepik - pieza FONCEP
Publicado
23
Sep
2022

Las excepciones de no exigencia de documentos o copias auténticas a causa del Covid-19 perdieron efectos a partir del 30 de junio 2022.

El Fondo de Prestaciones Económicas, Cesantías y Pensiones – FONCEP informa que, dada la finalización de la emergencia sanitaria decretada por el Gobierno Nacional, se restablecen las siguientes medidas:

  1. A quienes, durante el 12 de marzo de 2020 a la fecha, se les reconocieron prestaciones de pensión de vejez, invalidez, sustituciones, cumplimiento a fallos judiciales, devolución de aportes, indemnizaciones sustitutivas, auxilios funerarios, etc., a título de prestaciones, deberán nuevamente aportar la documentación, en condición original o en copia auténtica, con la que se dio dicho reconocimiento (Art. 7º Decreto ley 491 de 2020 y Decreto Nacional 655 de 2022). 

  2. A partir del 01 de octubre de 2022, toda solicitud o petición de reconocimiento prestacional (pensión de vejez, invalidez, sustituciones, cumplimiento a fallos judiciales, devolución de aportes, indemnizaciones sustitutivas, auxilios funerarios, etc.) deberá acompañarse de los documentos originales o en copia auténtica. De lo contrario, no se aceptará el reconocimiento prestacional requerido (Aplicación Art. 25 del Decreto ley 019 de 2012), dando lugar al desistimiento tácito, y  

  3. A partir del 1° de julio de 2022 se reanudará la obligación de presentar el certificado de supervivencia de los colombianos residentes en el exterior; de lo contrario se procederá con la suspensión de los pagos de sus mesadas conforme al mandato legal aplicable.

Si tiene dudas o requiere información adicional sobre esta normalización recuerde nuestros canales de atención disponibles:

Sede principal
Carrera 6 Nº 14 - 98, piso 2.
Edificio Condominio Parque Santander. 
Horario de atención de lunes a viernes de 7:00 a. m. a 4:00 p. m. 
Jornada continua

SuperCADE CAD
Carrera 30 N° 25 - 90 módulo 38 
Horario de atención:
Lunes a viernes de 7:00 a. m. a 1:00 p. m.
y de 2:00 p. m. a 5:00 p. m. 
Sábados de 8:00 a. m. a 12:00 p. m.

Cade Toberín
Carrera 21 N° 169 – 62, local 118.
Centro Comercial Sttugar. 
Horario de atención de lunes a viernes
de 7:00 a. m. a 4:00 p. m.

Cade Tunal
Carrera 24c no 48 – 94 sur, locales: 58, 59 y 60.
Centro Comercial Ciudad Tunal entrada 1 y 2. 
Horario de atención de lunes a viernes
de 7:00 a. m. a 4:00 p. m.​​​

Línea gratuita nacional 01 8000 11 99 29 
Teléfono en Bogotá 601 307 62 00 opción (2)
Correo electrónico servicioalciudadano@foncep.gov.co